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ACUERDOS INSTITUCIONALES DE CONVIVENCIA

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La Escuela Secundaria obligatoria tiene como uno de sus propósitos fundamentales la construcción de ciudadanía, entendiendo a ésta como un “conjunto de prácticas que definen a un sujeto como miembro de una sociedad, en su relación con otros sujetos y con el estado”.[1]

La resolución N° 1709/09 legitima y propicia la construcción de Acuerdos Institucionales de Convivencia que expresen los compromisos logrados en las instituciones entre todos los actores, señalando los principios que rigen la cotidianeidad escolar.

El consenso y el trabajo conjunto previenen y favorecen la resolución de conflictos y  constituyen instancias privilegiadas para la participación, acción y formación de los jóvenes. Los resultados de este proceso de construcción colectiva serán no sólo la concreción por escrito de los acuerdos, sino la participación real de los alumnos y de los diferentes actores institucionales.

Las escuelas son espacios y tiempos destinados al enseñar y aprender. Es por ello relevante, que la construcción de los Acuerdos Institucionales de Convivencia parta de la premisa de preservar el contenido pedagógico de la norma, regulando las relaciones interpersonales en contextos escolares, pensando la vida cotidiana en las escuelas de modo situado, es decir, a sujetos relacionados entre sí en un contexto determinado, en el que se desarrollan prácticas de enseñanza y de aprendizaje.

 Se detalla, a continuación, la normativa y  las acciones desplegadas desde el año  2001 para la concreción de los Acuerdos Institucionales de Convivencia:

 

  • Programa de reformulación de normas de convivencia y disciplina; 26/06/01.
  • Documento de Consulta de la Dirección de Educación Polimodal y TTP.
  • Jornadas Institucionales 2002, 2ª jornada.  Documento de Trabajo para las Instituciones Educativas de Nivel Polimodal de gestión estatal y de gestión privada. Reflexiones encaminadas a la construcción del AIC; 23/08/02.
  • Jornadas Institucionales 2002, 3ª jornada.  Documento de Trabajo para las Instituciones Educativas de Nivel Polimodal y Bachillerato para Adultos de gestión estatal y de gestión privada.  Reflexiones encaminadas a la construcción del AIC; 24/10/02.
  • Resolución N° 1593/02,  “Implementar el proceso de formulación de AIC en las escuelas dependientes de la Dirección de Educación Polimodal y TTP…”  Anexos: marco teórico, 22/05/02.
  • Reuniones con Inspectores de Enseñanza, Inspectores Jefes Nivel Polimodal y TTP DiPrEGeP y Asesoría Docente.
  • 07/08/03, Mar del Plata, Regiones XVI, XV, XIII.
  • 29/09/03, La Plata,  Regiones VIII, IX, X, XI, XII.
  • Disposición N° 356, 10/09/02. “Implementar el proceso de formulación de los AIC en las escuelas de nivel polimodal de la Dirección de Educación de Gestión Privada”. Anexo: Comisión para el estudio de propuestas y elaboración de criterios para la formulación de AIC.
  • Disposición N° 47, 06/03/03. “Aprobar criterios generales consensuados en el seno de la Comisión para el estudio de propuestas y elaboración de criterios para la formulación de AIC”.  Anexo: Criterios para la formulación de AIC.
  • Resolución N° 1709, 28/05/09.  “Aprobar el…
    • Anexo 1: Marco Conceptual para la elaboración de AIC para las  Escuelas de Educación Secundaria de Gestión Pública y Privada
  • Anexo 2: Pautas para la conformación y funcionamiento de CIC
    • Anexo 3: Conformación de Comisiones Distritales Evaluadoras de AIC, roles, funciones y pautas de funcionamiento.
  • Comunicación Conjunta N° 4, 22/07/09.  “Conformación de las Comisiones Distritales Evaluadoras de AIC”.
  • Encuentro de Integrantes de las Comisiones Distritales Evaluadoras de los AIC; 17/07/09.
    •  Actividad 1: aspectos organizativos y procedimentales de la comisión distrital evaluadora de AIC.
  • Actividad 2: orientaciones para la evaluación de los AIC.
  • Documento de Trabajo: “Aportes a la construcción de los AIC en la Educación Secundaria”.
  • Comunicación Conjunta N° 1, 15/10/09.
    • Anexo I: Orientaciones para la Evaluación de los AIC.
    • Anexo II: Grilla de evaluación para los AIC.
  • Comunicación Conjunta N° 1, 05/02/10
    • Anexo I: Rectificación o ratificación de los integrantes de las comisiones evaluadoras de los AIC.
  • Anexo II: Estado de situación de los AIC.
  • Comunicación N° 63, 08/04/10.  “Remitir la totalidad de los AIC una vez aprobados por la Comisión Distrital Evaluadora de Región, con características”
  • Comunicación N° 185, 15/09/10. “Informe estado de avance en la aprobación de los AIC por parte de las Comisiones Distritales Evaluadoras para proceder a su registro es esta Dirección”.
  • Jornadas Nacionales sobre Convivencia Escolar: renovación de los Acuerdos Escolares de Convivencia.  Ministerio de Educación, Presidencia de la Nación; 21 y 22/10/10.
  • Decreto N° 2299/11, Reglamento General de Instituciones Educativas. 22/11/11. 
  • AIC: artículos 105 a 109, título III, capítulo 2, 2.2, 2.2.4
  • Resolución N° 587/11 y 1480/11, Régimen Académico para la Educación Secundaria, artículo 8°.

Del monitoreo del actual proceso de registro de los Acuerdos Institucionales de Convivencia de los establecimientos reconocidos por esta Dirección, se desprende que los mismos fueron confeccionados en el marco de lo establecido por Resolución N° 1709/09, siendo evaluados por las Comisiones Distritales constituidas a tal fin, para su implementación en el marco de los Proyectos Institucionales previstos en el Decreto N° 2299/11.

Se detalla  la situación de registro de los AIC de las veinticinco regiones educativas, a la fecha, en esta Dirección:

  •  
    • Doce regiones cuentan con la totalidad de AIC registrados;
    • Siete regiones no han remitido al Nivel Central la totalidad de los AIC;
    • Seis regiones han remitido los AIC de manera parcial.
    • Algunos establecimientos educativos se encuentran reformulando sus AIC en función de las indicaciones de las Comisiones Evaluadoras Distritales.

La construcción de los Acuerdos Institucionales de Convivencia requiere dedicación y trabajo, en un proceso de revisión permanente que favorezca los ajustes necesarios que demanda el contexto situado; por ello, es necesario dar cumplimiento al  cronograma asignado por el Calendario de Actividades docentes para trabajar en ello.  A tal efecto, se sugiere:

.- a las Jefaturas Regionales: impulsar el trabajo de las Comisiones Evaluadoras Distritales.

.- a los Inspectores Areales: acompañar este proceso de valiosa construcción colectiva.

.- a los establecimientos educativos: trabajar en la concreción de los Acuerdos Institucionales de Convivencia en aquellos casos en los que nunca fueron presentados,  y remitir nuevamente aquellos que fueran observados.

Resulta asimismo necesario profundizar en acciones a fin de:

  •  
    • legitimar una real y verdadera participación democrática
    • garantizar una convivencia armónica en los establecimientos educativos en el marco de la normativa vigente y el ejercicio pleno de derechos.
    • que todos los actores institucionales reconozcan los Acuerdos Institucionales de Convivencia como marco referencial de acuerdos y consensos que permitan una convivencia plena en la que se desarrollen la enseñanza y el aprendizaje.

 

La Plata, abril de 2013.


[1] Diseño Curricular para la Escuela Secundaria, Construcción de Ciudadanía. Pág. 32